Directores de Colegios y Especialistas de UGEL podrían ser Exhortados si continúan exigiendo a los Docentes Informes diarios o Semanales.

 

Sobre la estrategia

del Ministerio de Educación que es “APRENDO EN CASA” que de acuerdo a la R.V.M. N°098-2020 –MINEDU del 21 de mayo del 2020 en el numeral 5.5.3 establece que: “El último día hábil de cada mes.

Y en tanto se realice el trabajo remoto, los profesores deben presentar un informe al director de la IE, o al que hace las veces de director en los programas educativos.

A continuación compartimos el comunicado que realizó el abogado y profesor Pedro Izquierdo Huerta

 

ADVERTENCIA

Los docentes solo están obligados a presentar los informes mensuales de trabajo remoto “Aprendo en Casa” y mantener una coordinación permanente con el director de la I. E. respecto a la labor a distancia que se viene realizando, con arreglo a la R.V.M. N°098-2020 –MINEDU del 21 de mayo del 2020 que modifica en parte a la R.V.M. N°097-2020 –MINEDU del 21 de mayo del 2020 así como los alcances del OFICIO MÚLTIPLE 00040-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN del 25 de mayo del 2020


Según la R.V.M. N°098-2020 –MINEDU del 21 de mayo del 2020 que modifica en parte a la R.V.M. N°097-2020 –MINEDU del 21 de mayo del 2020 que aprueba el documento normativo: “Disposiciones para el trabajo remoto de los profesores que asegure el desarrollo del servicio educativo no presencial de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”.

En el numeral 5.5.3 establece que:

“El último día hábil de cada mes, y en tanto se realice el trabajo remoto, los profesores deben presentar un informe al director de la IE, o al que hace las veces de director en los programas educativos, según corresponda, dando cuenta del trabajo remoto realizado, informe que debe ser remitido según el medio que acuerden con el director de su I.E. (…)”


Según el OFICIO MÚLTIPLE 00040-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN del 25 de mayo del 2020 en su numeral 7 establece: Asimismo, indicar que en adelante el Informe mensual de las actividades realizadas reemplaza a cualquier otro formato y/o ficha que haya sido sugerido previamente y de manera referencial desde el Ministerio de Educación, y que se haya estado usando con el fin de sustentar las actividades realizadas durante el trabajo remoto.
En ninguna parte de estas normas exige que se continúe con el reporte diario y/o semanal del Trabajo Remoto Aprendo en casa, en consecuencia, son los Directores de UGELes quienes deben poner orden y corregir estas anomalías para evitar las denuncias.


Al respecto ya se vienen pronunciando muchas bases sindicales, como es el caso del Sindicato Magisterial Arequipa – SIMAG AREQUIPA.

Atte. Abog. Pedro Izquierdo Huerta.

Fuente: magisterio.pe

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